- Recopilamos y cotejamos la documentación necesaria para iniciar la prestación del servicio funerario (recogida, velación, traslado y destino final).
- Gestionamos la obtención de las licencias exigidas y realizamos los trámites jurídicos, administrativos y sanitarios que conlleva cada servicio. Estos vendrán determinados por la causa del fallecimiento (muerte natural o judicial) y por la necesidad de realizar traslados nacionales o internacionales, entre otros factores.
- Reservamos los espacios donde tendrá lugar la despedida, incluidos los posibles traslados fuera de nuestras instalaciones, con cobertura local, provincial, nacional, internacional.
- Definimos con la familia las características y especificaciones de cada despedida.
- Solicitamos las Partidas Literales de Defunción, que posteriormente enviamos a la familia.
Preguntas frecuentes sobre el servicio de tramitación
¿Qué documentos se necesitan para iniciar la prestación de un servicio funerario de Parcesa?
Para iniciar la prestación de los servicios funerarios de Parcesa es imprescindible contar con el certificado médico de defunción, presentar el documento de identidad de la persona fallecida (ya sea el DNI, pasaporte o tarjeta de residencia).
¿Qué trámites jurídicos, administrativos y sanitarios incluye un servicio funerario completo?
En Parcesa nos encargamos de recopilar y verificar la documentación necesaria para la prestación del servicio funeral contratado, tramitamos las licencias y permisos correspondientes, y realizamos los trámites jurídicos, administrativos y sanitarios que exige cada caso.
Asimismo, gestionamos la reserva de los espacios destinados a la ceremonia de despedida, incluyendo los traslados con cobertura local, nacional e internacional.
Ofrecemos, además, asesoramiento jurídico para acompañar a la familia en los trámites legales posteriores, como asuntos hereditarios, solicitudes de pensiones y otras gestiones oficiales.
En el ámbito sanitario, coordinamos las actuaciones necesarias para el correcto acondicionamiento y preparación del cuerpo, cumpliendo con la normativa vigente y asegurando un trato respetuoso.
Llámenos al teléfono de atención 24 horas si necesita más información sobre los servicios funerarios integrales de Parcesa.
¿Qué diferencia hay entre una muerte natural y una muerte judicial?
La diferencia entre una muerte natural y una muerte judicial está en la causa del fallecimiento y, sobre todo, en quién tiene la competencia para autorizar el levantamiento del cuerpo y permitir que continúe el proceso funerario.
Una muerte natural es aquella que se produce por causas médicas, como enfermedad, edad avanzada o patologías conocidas, sin indicios de intervención externa. En estos casos, un médico puede certificar el fallecimiento y emitir el certificado médico de defunción, lo que permite iniciar de inmediato los trámites funerarios habituales.
En cambio, una muerte judicial es aquella en la que existen circunstancias que requieren la intervención de la autoridad judicial, ya sea por tratarse de una muerte violenta, accidental, repentina sin causa aparente, sospechosa o cuando el médico no puede certificarla por falta de información clínica suficiente. En estas situaciones, el juez de guardia y el forense deben intervenir para autorizar el levantamiento del cuerpo, realizar las diligencias necesarias y emitir la documentación que permita continuar con el servicio funerario.
¿Cómo se solicita el Certificado Literal de Defunción o Partida Literal de Defunción?
El Certificado Literal de Defunción (CLD) o Partida Literal de Defunción, se solicita en el Registro Civil o en el Juzgado de Paz del municipio donde ha tenido lugar el fallecimiento. Para pedirlo, basta con disponer de los datos identificativos de la persona fallecida y que el fallecimiento esté debidamente inscrito. La solicitud puede realizarse de manera presencial, por correo postal o, en la mayoría de los casos, a través de la sede electrónica del Ministerio de Justicia, siempre que el registro correspondiente esté digitalizado. Una vez tramitada la petición, el Registro Civil emite el documento oficial que acredita el fallecimiento y que será necesario para la realización de diversos trámites posteriores, como herencias, pensiones o gestiones administrativas.
En Parcesa nos ocupamos de solicitar estas Partidas Literales de Defunción en nombre de la familia y enviárselas cuando estén disponibles. Contáctenos en el teléfono de asistencia 24 horas 91 904 40 00 para resolver todas sus dudas.
