Contamos con personal cualificado para llevar a cabo la exhumación, la reducción y el traslado de restos, tanto en el Parque Cementerio de la Paz como desde otros cementerios. Nos encargamos de obtener los permisos necesarios y de realizar los traslados.
Exhumación
Es el acto de extraer, desenterrar o sacar los restos de un cadáver de un cementerio o una cripta.
El tiempo transcurrido para solicitar una exhumación varía de unas comunidades autónomas a otras. En la Comunidad de Madrid son un mínimo de dos años después del fallecimiento, salvo cuando haya autorización judicial.
Reducción de restos
Consiste en exhumar los restos (sacarlos de la unidad de enterramiento y del féretro que los contiene) y reubicarlos en otra unidad o en la misma en un arca de menor tamaño; o bien para incinerarlos. Los restos exhumados se colocan en cajas homologadas para tal fin.
Podrán tener varios destinos:
- El traslado para su inhumación en el mismo cementerio o en cualquier otro.
- La cremación.
- La utilización con fines científicos siempre que, una vez manipulados, se proceda a su inhumación o incineración.
Es importante matizar que se consideran restos cadavéricos lo que queda del cuerpo, una vez transcurridos los cinco años siguientes a la defunción. Por tanto, esta acción solo podrá realizarse una vez pasado este periodo de tiempo.
En el Parque Cementerio de La Paz y en los demás cementerios gestionados por Parcesa, las reducciones de restos se llevan a cabo en épocas determinadas del año y hay que solicitarlas con antelación.