Preguntas frecuentes

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Contratación de un servicio funerario

Acabo de perder a un ser querido o su fallecimiento es inminente, ¿qué debo hacer?

Parcesa puede ayudarle en esta situación tan difícil y resolver sus necesidades.

Si lo desea, puede contactar con nosotros en el teléfono 91 904 40 00 (atención 24 horas). Un asesor familiar le explicará los pasos a seguir. Nosotros nos encargaremos de todo.

¿Qué decisiones debo tomar ante el fallecimiento de mi ser querido?

Básicamente, tendrá que decidir lo siguiente:

  • Elegir la funeraria que le preste el servicio. Tenga o no seguro de decesos, es usted quien decide.
  • Elegir el tanatorio y concretar los detalles de la despedida.
  • Decidir si harán cremación o no.
  • Elegir el lugar de reposo del fallecido o de sus cenizas.

¿Con qué funeraria debo contratar el servicio?

Con la que usted elija, tanto si tiene seguro de decesos como si no, siempre que tenga licencia para operar en la comunidad autónoma o provincia en la que se haya producido o se vaya a producir el deceso.

Si tiene que comunicar un deceso o sabe que este se producirá en breve, puede contactar directamente con la funeraria que haya elegido.

Si tiene póliza de decesos, informe a la funeraria y esta se encargará de todo, incluso de hablar con su seguro. También, si lo prefiere, puede llamar a su aseguradora e indicarle dónde desea despedir a su ser querido.

El teléfono de asistencia 24 horas de Parcesa es el 91 904 40 00.

¿Estoy obligado a contratar un determinado bloque de productos?

En absoluto. La familia siempre puede decidir los elementos del servicio funerario que va a contratar. No obstante, en ocasiones se ofrecen servicios integrales que pueden beneficiar económicamente.

¿Qué complementos existen a la hora de contratar el servicio funerario?

Parcesa ofrece gran variedad de complementos como son los ornamentos florales, música en directo en las ceremonias de despedida y entierros, esquelas en prensa, servicios religiosos, relicarios para las cenizas, diamantes realizados con el pelo y/o cenizas de los fallecidos, asesoramiento jurídico, complementos de duelo (corbata negra) y vehículos de acompañamiento, entre otros.

¿Es caro el servicio funerario?

El precio dependerá de lo que elija la familia, ya que existe una gran variedad de productos y complementos disponibles. Cuando se tiene un seguro de decesos o se haya hecho una contratación anticipada del servicio, el servicio estará cubierto de antemano, salvo los elementos adicionales no incluidos en la póliza.

La contratación anticipada permite dejar además dejar todo resuelto con tiempo, para tranquilidad del interesado y sus familiares cuando llegue el momento.

Contacte con nosotros para más información.

¿Tengo derecho a conocer con antelación los precios del servicio funerario?

Por supuesto. Además, tiene derecho a que los precios vengan desglosados, especificando el coste de cada uno de los conceptos del servicio funerario que desea contratar.

¿Qué puedo hacer si no estoy seguro de si el fallecido tenía algún seguro de decesos o similar?

De entrada, deberán hacerse cargo del coste del servicio funerario. Una vez transcurridos 15 días hábiles después del fallecimiento, deberá solicitar un certificado en el Registro de Contratos de Seguros con Cobertura de Fallecimiento (puede hacerlo a través de la sede electrónica del Ministerio de Justicia), que dará fe de si existe algún tipo de cobertura económica de los costes de los servicios funerarios. Si lo desea, puede realizar esta gestión a través del servicio de Asesoría Jurídica de Parcesa.

En caso de existir algún tipo de cobertura económica por deceso, deberá contactar con la entidad aseguradora para que abone la cantidad que corresponda.

¿Qué cubre la póliza de decesos?

Una póliza de decesos es un contrato privado entre la familia y la aseguradora. Las coberturas dependen de lo que se haya firmado en este documento. Existen diferentes modalidades y lo mejor es consultar al agente de la compañía de seguros.

¿Se puede hacer la velación y el entierro en ciudades diferentes?

Sí. La prestación del servicio funerario conlleva una serie de traslados que variarán en función de las necesidades y preferencias de la familia: desde la recogida en el lugar del fallecimiento (domicilio, residencia, hospital, vía pública…) hasta el velatorio; y de aquí al destino final (crematorio, cementerio, fines científicos; o tren, puerto o aeropuerto con destino internacional).

¿Quién se encarga de hacer los traslados necesarios?

En Parcesa realizamos traslados en todos los ámbitos: local, nacional e internacional, gestionando la documentación legal y autorizaciones pertinentes para llevarlos a cabo.

Además, para el traslado de los acompañantes, ponemos a su disposición el vehículo con chófer más apropiado a sus circunstancias y necesidades.

¿Es obligatorio comprar flores?

No, pero casi todas las familias adquieren arreglos florales para el homenaje de despedida de su ser querido. Tanto en nuestras instalaciones como en la floristería online de Parcesa podrá elegir la opción más adecuada para usted.

¿Para qué sirve el Certificado Médico de Defunción?

Para constatar realmente el fallecimiento. Es un documento expedido por un médico, imprescindible para que la funeraria pueda gestionar el servicio funerario: desde la recogida hasta la cremación o inhumación.

Sin embargo, para los trámites legales posteriores, necesitará la Partida Literal de Defunción, que emite el Registro Civil una vez inscrito el fallecimiento.

¿Cobran los médicos por certificar una defunción?

Legalmente solo se puede cobrar el coste del impreso del certificado. Sin embargo, el médico puede cobrar por el examen del cuerpo antes de certificar. La familia podrá exigir factura de este acto.

¿Dónde se consigue el impreso de un Certificado Médico de Defunción?

Lo suministrará la empresa funeraria, el hospital o la residencia, pero también es posible encontrarlo en farmacias.

¿Para qué sirve la Partida Literal de Defunción?

Este documento, expedido por el Registro Civil del municipio en el que ha tenido lugar la defunción, sirve para realizar diversos trámites como la cancelación de las cuentas corrientes, dar de baja en la Seguridad Social (normalmente se hace de forma automática porque el Registro Civil notifica el fallecimiento de forma telemática) y cualquier otro acto jurídico que requiera acreditar la defunción.

¿Cuánto tarda en estar lista la Partida Literal de Defunción?

Depende del volumen de trabajo del Registro Civil. Puede tardar desde un día hasta varias semanas.

¿Cuántas Partidas Literales de Defunción se entregan?

Habitualmente los Registros Civiles emiten tres, pero puede pedir más en el momento de solicitarlas. Recuerde que tienen validez de un año por lo que, transcurrido este plazo, deben pedirse de nuevo.

¿Tengo que pagar algo por las Partidas Literales de Defunción?

En los servicios contratados con Parcesa, este coste y el envío está incluido en los gastos de tramitación.

¿Quién me hace un justificante para el trabajo?

Suele emitirlo la empresa que gestiona el tanatorio donde se haya velado o la funeraria que realiza el servicio. En Parcesa, puede dirigirse a la Recepción de los tanatorios para solicitarlo.

Algunas empresas exigen a sus trabajadores una copia del Certificado Médico de Defunción, pero esta solicitud es irregular porque este documento contiene información personal, por lo que se vulneraría la regulación vigente en materia de protección de datos.

¿Es obligatoria una misa?

No, pero los expertos aconsejan realizar algún ritual de despedida, religiosa o civil, para ayudar a aceptar la pérdida.

¿Organizan ceremonias para otras confesiones además de la católica?

Estamos especializados en todo tipo de ceremonias y sepelios: católicos, hebreos, musulmanes, ortodoxos, hinduistas, budistas y laicos, respetando siempre los usos y costumbres de su elección. Tramitamos las autorizaciones que haya que cumplir en cada caso.

¿Para qué sirve la ceremonia de despedida?

La ceremonia de despedida es un momento crucial para rendir un último homenaje al fallecido y compartir el dolor con los acompañantes. Los expertos consideran que este acto será de gran ayuda en el proceso de aceptación de la pérdida. Por este motivo, cuando las circunstancias impiden organizar una ceremonia, aconsejan hacerlo después, aunque haya pasado mucho tiempo.

Los tanatorios de Parcesa disponen de salas multiconfesionales para hacer despedidas civiles y de todas las confesiones religiosas. Podrán estar acompañadas de música en directo adaptada a las preferencias particulares.

Nos ajustamos a los requerimientos de cada familia para que su celebración sea lo más personalizada posible y deje un recuerdo entrañable.

¿Puedo poner música durante la ceremonia de despedida?

Por supuesto. En Parcesa puede contratar acompañamiento musical en directo para la ceremonia de despedida y para el entierro.

¿Dónde puedo enterrar a mi ser querido?

En cualquier cementerio o lugares autorizados al efecto, como criptas de iglesias. Si desea hacer un enterramiento en el Parque Cementerio de La Paz, de Parcesa, contacte con nosotros y le asesoraremos.

¿En cada hospital trabaja solo una funeraria?

No. Usted puede elegir la que estime conveniente, con independencia de que tenga o no presencia en el hospital. Y puede hacerlo tanto si tiene seguro de decesos como si no.

Si el juez ordena una autopsia, ¿cobra algo el forense por su realización?

No, las autopsias ordenadas por los juzgados son gratuitas.

Velar en un tanatorio

¿Es obligatorio velar al fallecido?

No, nadie está obligado al acto de velar. No obstante, como la ley establece que solo se puede inhumar o incinerar transcurridas al menos 24 horas desde el fallecimiento, puede dedicar ese tiempo a despedir a su ser querido en una sala de velación.

¿Dónde se puede velar?

Lo más aconsejable es un tanatorio, ya que dispone de las instalaciones adecuadas para mantener la higiene y unas condiciones óptimas para el fallecido, algo que no siempre es posible en hospitales, residencias o domicilios.

¿Se puede velar en un hospital?

Algunos hospitales tienen salas destinadas a velar, pero no suelen estar atendidas por profesionales especializados y no siempre reúnen las mejores condiciones sanitarias.

¿Se puede velar en un geriátrico?

Sí, pero no es habitual que las residencias para la tercera edad dispongan de instalaciones adecuadas para ello, sobre todo desde el punto de vista de la higiene.

¿Por qué es mejor velar en un tanatorio?

Porque los tanatorios cumplen una serie de exigencias sanitarias específicas que marcan tanto el reglamento de Sanidad Mortuoria como las ordenanzas municipales correspondientes.

Por tanto, aunque los tanatorios y los velatorios en hospitales o residencias deben contar con la aprobación de Sanidad Mortuoria, los tanatorios deben cumplir además requisitos como estos (Reglamento de Sanidad Mortuoria de la Comunidad de Madrid):

  • Estar ubicados en un edificio exclusivo para uso funerario y actividades afines o complementarias que sirvan mejorar la prestación del servicio.
  • Contar con dependencias de tránsito, permanencia, tratamiento, y exposición de cadáveres.
  • Disponer de aseos y dependencias de tránsito y estancia para familiares que tendrán accesos y circulación independiente de las anteriores.
  • Disponer de personal y equipamiento necesario para atender los servicios, garantizando un adecuado nivel de higiene, con especial atención a la prevención de todo tipo de enfermedades transmisibles.
  • Contar con vestuarios, aseos y duchas para el personal.
  • Utilizar climatización para la exposición de los fallecidos.

Por otro lado, el personal de estos lugares está preparado para atender a los familiares y allegados en esos momentos tan críticos.

Parcesa ha diseñado sus tanatorios para proporcionar el máximo bienestar a las familias. Están ubicados en emplazamientos únicos, rodeados de naturaleza, que permiten encontrar momentos de paz y recogimiento. En el interior, disponen de amplias las salas de velación con abundante luz natural, todas con una estancia principal y otra zona íntima, aseo privado, armario ropero y teléfono. Contamos además con salas VIP para los usuarios que deseen más espacio o privacidad.

¿Por qué es tan importante velar a un ser querido?

Porque se ofrece la oportunidad de acudir a dar el último adiós a la persona que ya no está y ofrecer consuelo a sus familiares. Además, durante la velación se empieza a asimilar la realidad del momento y la pérdida irreversible del ser querido.

¿Hay que realizar la velación en el tanatorio que indique la aseguradora?

No. Es la familia quien decide dónde velar.

¿Se puede velar más de un día?

Sí, pero Sanidad Mortuoria obligará a realizar determinadas prácticas tanatológicas de conservación a partir de las 48 horas desde el fallecimiento, si antes no se ha llevado a cabo una cremación o un entierro. Cualquier técnica de conservación debe ser llevada a cabo por un especialista. Parcesa cuenta con profesionales cualificados para realizar este tipo de prácticas.

¿Qué sucede si la familia quiere irse y dejar de velar esa noche?

Nada. El personal del tanatorio cerrará la sala hasta el regreso de la familia.

¿Se puede personalizar el servicio de velatorio?

Sí, en Parcesa podrá solicitar cuantos servicios desee para personalizar el velatorio, siempre que materialmente sean realizables, no alteren la intimidad de otros velatorios que compartan el tanatorio en ese momento y no afecten a los demás servicios.

Cremación

¿En qué consiste la cremación o incineración?

Es el proceso para reducir un cuerpo a cenizas mediante su introducción en una unidad de conversión diseñada a tal efecto.

¿Incineración y cremación son lo mismo?

En realidad, no. Solo la cremación se refiere a un fallecido o restos humanos u óseos, aunque con frecuencia se usan indistintamente.

¿Cualquier cadáver puede ser incinerado?

Sí, salvo los casos en los que por expresa designación judicial o sanitaria no sea posible.

¿Cuánto tarda una cremación?

Entre dos y cuatro horas aproximadamente, aunque la duración media es de tres horas.

¿Se quema también el ataúd?

Sí.

¿Se pueden introducir las flores en la unidad de cremación junto al fallecido?

No, solo se introducen el féretro y el cuerpo del fallecido.

¿Podrían mezclarse las cenizas de varias personas?

No. Los fallecidos deben cremarse siempre en unidades separadas, por lo que las cenizas nunca se mezclan.

¿Se incineran varias personas al mismo tiempo?

No. Los cuerpos nunca se mezclan y la cremación se efectúa de forma totalmente independiente.

¿Es más cara la incineración que un entierro?

Generalmente, no. Sin embargo, como los precios pueden ser diferentes según la empresa o las tasas de los municipios, lo mejor es consultar en cada caso.

¿Cómo sé que las cenizas corresponden a mi ser querido?

Las funerarias cumplen escrupulosamente unas normas éticas comunes, que garantizan la autenticidad de las cenizas. Estas se deben entregar en una urna sellada y perfectamente identificada con los datos del difunto, junto con el preceptivo certificado de cremación o acreditación de cenizas.

¿Las cenizas se mezclan con la madera del féretro?

La ceniza del féretro, al ser más ligera, es separada de la del cuerpo durante la cremación mediante un sistema de ventiladores, quedando al final del proceso únicamente las cenizas del finado.

¿Puedo asistir a la cremación?

Al proceso completo no, pero en Parcesa se han habilitado zonas que permiten a los familiares asistir a la introducción del féretro en la unidad de conversión.

¿Se pueden enterrar las cenizas?

Sí. En cualquier unidad de enterramiento. El Parque Cementerio de La Paz de Parcesa dispone de columbarios y otras unidades de enterramiento.

¿Qué sucede con los objetos metálicos, como medallas o pulseras, que lleva el fallecido cuando se crema?

Estos objetos serán retirados antes de la cremación y se entregan a la familia.

En el caso de ser portador de marcapasos, sería recomendable su extracción. Esta circunstancia debe quedar indicada en el Certificado Médico de Defunción.

¿Me entregarán todas las cenizas resultantes de la cremación o solo una parte?

Se le entregarán la totalidad de las cenizas, que serán depositadas en una bolsa precintada antes de ponerlas dentro de la urna.

¿Qué temperatura alcanza la unidad de cremación?

La temperatura media es de alrededor de 800 grados centígrados.

¿Son más complicados los trámites para incinerar?

No, únicamente se requiere que el médico indique en el Certificado Médico de Defunción que no existen inconvenientes para ello. Será necesaria además la orden firmada por el familiar solicitante de la cremación y, en los fallecimientos judiciales, la licencia firmada por el Juez, gestión que hará Parcesa.

¿Alguna religión prohíbe la cremación?

El catolicismo la permite, pero la religión musulmana o el judaísmo ortodoxo, por ejemplo, prohíben la cremación.

¿Contamina mucho la incineración?

En absoluto. Los materiales del féretro y el cuerpo del fallecido no son peligrosos para el medio ambiente. Parcesa dispone de unidades de cremación con un impacto ambiental mínimo, cumpliendo con creces la normativa medioambiental vigente.

¿Cuándo se puede incinerar?

Al igual que para llevar a cabo una inhumación o entierro, generalmente es posible incinerar transcurridas 24 horas desde el fallecimiento y una vez obtenida la licencia, salvo que una investigación judicial o sanitaria dispongan otra cosa.

Además de depositar las cenizas en una urna, ¿hay otras formas de conservarlas como recuerdo?

Existe una gran variedad de complementos (relicarios, diamantes para el recuerdo, colgantes, anillos…) que sirven para conservar las cenizas y recordar a la persona fallecida.

¿Puedo llevarme las cenizas al extranjero?

Sí, pero es necesario conocer de antemano los trámites y las condiciones para la introducción de cenizas en el país de destino. Para ello, es mejor consultar antes con el personal de la funeraria o con el consulado correspondiente.

¿Puedo arrojar al mar las cenizas de mi ser querido?

Sí, pero, para evitar sanciones económicas, deberá hacerlo con los permisos necesarios. Entre otros requisitos, las cenizas deberán depositarse en una urna biodegradable, creada a base de sal, y se tirarán, dentro de la urna, a una distancia mínima de 5 kilómetros de la costa. Para ello, habrá que ir acompañado de una funeraria o profesional debidamente autorizado, ya que necesitará una autorización de la Dirección General de Marina Mercante del Ministerio de Fomento u órgano competente de la Comunidad Autónoma, que a un particular le resultará difícil obtener.

¿Puedo esparcir las cenizas libremente fuera de la urna?

Tanto si se arrojan al mar como si se van a depositar bajo tierra, deben depositarse las cenizas dentro de una urna biodegradable.

No obstante, en algunos casos existe el deseo expreso del fallecido o de la familia de esparcir las cenizas en un espacio natural determinado. Esta acción deberá contar siempre con una autorización previa de la Administración competente.

Servicios de cementerio

¿Qué es la inhumación?

En sentido literal, la inhumación es el acto de enterrar un cadáver en una sepultura. Sin embargo, actualmente este término se aplica también al acto de depositar el cadáver o sus cenizas en otras unidades que no están bajo tierra.

¿Cuánto tiempo tiene que pasar para enterrar a mi ser querido?

En España, se procede al entierro o inhumación 24 horas después de la defunción.

¿Qué es la exhumación?

Es el acto de extraer, desenterrar o sacar los restos de un cadáver de un cementerio o una cripta.

 

Esta acción se puede dar por varias causas:

  • Que haya vencido el plazo de tiempo que el cuerpo puede estar en una unidad de enterramiento porque la concesión no se ha renovado.
  • Que los familiares deseen trasladar los restos a otra unidad de enterramiento, dentro del mismo cementerio u otro.
  • Que se quieran incinerar los restos.
  • Que judicialmente, por ser motivo de investigación, el juez considere necesario practicar una primera o segunda autopsia, con el fin de determinar o aclarar la causa del fallecimiento.
  • Que la unidad de enterramiento, por los años transcurridos, ya no tenga titular y por necesidades del cementerio, el contenido de las sepulturas más antiguas deba vaciarse para dar cabida a más cuerpos (los restos de estas exhumaciones suelen trasladarse a osarios comunes).

¿Qué son los restos de un cadáver?

Es lo que queda del cuerpo, una vez transcurridos los cinco años siguientes a la defunción. Por tanto, solo se puede hablar de restos cadavéricos cuando ha transcurrido este periodo de tiempo.

¿En qué consiste la reducción de restos?

Es el acto de exhumar los restos (sacarlos de la unidad de enterramiento y del féretro que los contiene) para reducirlos y reubicarlos en otra unidad o en la misma en un arca de menor tamaño; o bien para incinerarlos.

¿Qué es una lápida?

La lápida es una losa plana de pedernal, granito o mármol, que se utiliza para revestir una sepultura, un nicho o un columbario. Suelen llevar grabados los datos del difunto, una breve frase o epitafio conmemorativo, o bien alguna cita alegórica.

En ocasiones, llevan imágenes, simbologías religiosas y búcaros o jarrones, que permiten depositar pequeños ramilletes florales.

¿Qué debo hacer para instalar una lápida en la unidad de enterramiento de mi ser querido?

En Parcesa estamos a su disposición para la instalación de lápidas en las unidades de enterramiento de nuestros cementerios.

El Parque Cementerio de La Paz de Alcobendas se caracteriza por la sencillez y uniformidad de las lápidas de granito o mármol que decoran sus unidades de enterramiento.

En los demás cementerios que gestionamos, podrá elegir la lápida que mejor se adapte a su unidad y a la estética del entorno.

Gestiones después del fallecimiento

¿Qué gestiones debo hacer tras el fallecimiento de mi ser querido?

Dependerá de la situación personal y patrimonial que tenía el fallecido: estado civil; si había otorgado o no testamento; si tenía seguros de vida; si el cónyuge y/o los hijos tienen derecho a una pensión; tipología de la herencia…

En cualquier caso, para iniciar estos trámites, deberá disponer siempre de la siguiente documentación básica:

  • Certificado Médico de Defunción.
  • DNI, tarjeta de residencia o pasaporte de la persona fallecida.
  • Certificado Literal de Defunción, emitido por el Registro Civil o Juzgado de Paz del lugar de defunción. Será necesario para iniciar cualquier trámite legal (obtención del Certificado de Actos de Última Voluntad, notaría, gestiones con entidades bancarias, etc.). Parcesa gestiona la obtención de este documento a los usuarios de sus servicios.

¿Es obligatorio realizar estos trámites?

Sí, aunque la complejidad de estos variará en función de la situación personal y patrimonial del fallecido.

¿Tengo que encargarme de esto personalmente?

En absoluto. Puede resolver estas gestiones usted mismo o, si le resulta más cómodo, delegarlas en un asesor jurídico. Parcesa pone a disposición de sus usuarios un equipo de abogados para gestionar todos los trámites, incluidos los sucesorios (salvo los que requieran vía judicial). Encontrará más información sobre este servicio en la sección de Asesoría Jurídica.

¿Es muy caro contratar a un abogado para estas gestiones?

Esto vendrá determinado por el tipo de trámites que desee o necesite contratar. En Parcesa le ofrecemos una primera consulta gratuita y, a partir de ahí, puede contratar diferentes productos adaptados a sus necesidades. Puede ampliar información sobre nuestros servicios y tarifas en la sección de Asesoría Jurídica.

¿Pueden ayudarme también con el reparto de la herencia?

Sí, siempre que no sea necesario acudir a la vía judicial. Los profesionales de Parcesa estudiarán su caso para hacerle un presupuesto personalizado. Encontrará más información y nuestros datos de contacto en la sección de Asesoría Jurídica.