BlogComo reclamar una herencia

La herencia es el conjunto de bienes, derechos y obligaciones que una persona deja tras su fallecimiento.

Si no contamos con los conocimientos necesarios, reclamar una herencia puede llegar a ser un proceso complejo en el que pueden surgir dudas, pues son muchos los aspectos legales y administrativos que deben tenerse en cuenta. Entre ellos, la aceptación y adjudicación de los bienes y derechos del difunto a los herederos designados. 

¿Cómo se reclama una herencia?

En caso de que acabe de perder a un familiar y no sepa cómo reclamar una herencia, le explicamos los pasos necesarios para que este trámite en un momento tan complicado resulte más sencillo. 

Desde la identificación de los herederos hasta la distribución final de los bienes, pasando por la resolución de cualquier problema a lo largo del proceso.

1. Trámites iniciales

Antes de reclamar la herencia, hay ciertos trámites que deben realizarse y que pueden variar en función de la situación personal y patrimonial del fallecido, como confirmar la existencia de testamento, el estado civil, si tenía seguros de vida, el derecho a pensión del cónyuge o de los hijos, tipología de la herencia…

Documentación necesaria:

  • Certificado médico de defunción: emitido por el médico que atendió al fallecido en el último momento.
  • DNI, pasaporte o tarjeta de residencia del difunto.
  • Certificado o Partida Literal de Defunción: emitido por el Registro Civil o Juzgado de Paz del lugar de fallecimiento. Un documento oficial imprescindible para cualquier trámite legal. Habitualmente se obtiene de forma digital. También puede solicitarse en la web del Ministerio de Justicia y, normalmente, puede tardar varios días o, incluso, algunas semanas en recibirse. Parcesa se encarga de solicitar este documento de forma gratuita a las familias que presta servicio.

2. Trámites básicos

Después de obtener el Certificado Literal de Defunción, se deben realizar los siguientes trámites:

  • Solicitud del Certificado de Últimas Voluntades: indica si el fallecido ha dejado testamento y, de ser así, en qué notaría se encuentra registrado. Se puede solicitar, a través de la sede electrónica del Ministerio de Justicia, 15 días hábiles después del fallecimiento, salvo que el fallecimiento se haya inscrito en un Juzgado de Paz, en cuyo caso solo cabe solicitarlo de forma presencial o por correo postal.
  • Solicitud del Certificado de Contratos de Seguros de Cobertura de Fallecimiento: acredita las pólizas que se encontraban a nombre del fallecido y la compañía. Pueden ser seguros de vida con cobertura de fallecimiento, seguros de decesos y seguros de accidentes que cubran la muerte del asegurado. Dicho certificado también puede solicitarse a través de la web del Ministerio de Justicia o, si el fallecimiento se ha inscrito en un Juzgado de Paz, de forma presencial o por correo postal.

3. Identificación de los herederos

El primer paso para reclamar una herencia es determinar quiénes tienen derecho a ella, incluyendo tanto los herederos legales como los testamentarios, siendo los primeros designados por ley y los segundos por el testamento, en caso de que lo haya. Esto se puede saber pidiendo el Certificado de Actos de Última Voluntad.

Si no hubiera testamento, son herederos forzosos o legitimarios según lo establecido en el artículo 807 Código Civil: 

1.° Los hijos y descendientes respecto de sus padres y ascendientes.

2.° A falta de los anteriores, los padres y ascendientes respecto de sus hijos y descendientes.

3º El viudo o viuda del causante, a quien se le atribuye, conforme a los artículos 834 y 837 del Código Civil, un derecho de usufructo parcial de la herencia. 

En caso de que la persona fallecida no hubiera otorgado testamento y tampoco hubiera herederos forzosos, podrían optar al reparto de la herencia los llamados herederos legítimos no forzosos: hermanos, tíos, sobrinos y primos. 

Cuando una persona muere sin haber otorgado testamento, se realiza ante notario la “declaración de herederos abintestato”, por la que se determina, según los criterios establecidos por la Ley, quiénes son los herederos. 

4. Aceptación de la herencia y liquidación de deudas e impuestos

En caso de haber testamento, en él debe especificarse cómo hay que repartir la herencia. Un documento que debe ser validado por un notario o por la autoridad judicial competente, confirmando la autenticidad del testamento y garantizando que cumple con todos los requisitos legales. 

El testamento puede incluir bienes, derechos y obligaciones que pasan a los sucesores (herederos o legatarios). Una vez que tiene lugar la aceptación de la herencia, los herederos deben liquidar todas las deudas y el Impuesto de Sucesiones, cuya cuantía varía según la comunidad autónoma. 

Además, debe cambiarse la titularidad de cuentas bancarias, productos financieros, contratos, vehículos y otros bienes del fallecido. En el caso de los bienes inmuebles, el cambio de titularidad debe inscribirse en el Registro de la Propiedad.

Si surgieran disputas entre los herederos, lo más aconsejable es recurrir a un abogado o un mediador profesional, de manera que puedan resolverse de la manera más rápida y justa para evitar costosos y largos procedimientos judiciales.

Confíe en Parcesa para agilizar todos los trámites del fallecimiento

Aunque reclamar una herencia puede ser muy estresante, con la orientación adecuada y la ayuda de profesionales legales y fiscales, el proceso puede simplificarse considerablemente. 

En Parcesa ofrecemos diferentes opciones de Asesoría Jurídica adaptadas a las necesidades familiares, garantizando que todos los trámites se realicen correctamente.

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